🏛️

Órganos de Gobierno

Regulados en el Título III de los Estatutos de la UCM. La Universidad actúa con personalidad jurídica única a través de sus órganos de gobierno y representación.

Los órganos de gobierno de la Universidad Complutense de Madrid constituyen la estructura que garantiza la dirección, coordinación y participación democrática en la vida universitaria. A través de responsabilidades repartidas entre órganos unipersonales y órganos colegiados, la UCM asegura una gestión eficaz, la toma de decisiones estratégicas y la representación de toda su comunidad, fortaleciendo así el funcionamiento académico y administrativo de la institución.
👤

Órganos unipersonales

Rector, equipo rectoral y órganos de control y asesoramiento
Rector
Máxima autoridad académica y de gobierno de la UCM.
Equipo Rectoral
Vicerrectores, Secretario General y demás miembros del equipo de dirección.
Defensoría universitaria
Órgano comisionado para la defensa de los derechos y libertades de la comunidad universitaria.
Inspección de servicios
Control del funcionamiento de los servicios administrativos y académicos de la UCM.
Asesores
Personas de apoyo y asesoramiento a los órganos de gobierno.
Directores
Directores de unidades, centros y servicios de la UCM.
Registro de obsequios recibidos por los cargos de gobierno.
Gastos en desplazamientos y dietas del equipo rectoral.
Información sobre la protección social de los directivos de la UCM.
Acreditaciones académicas de los miembros del equipo rectoral.
👥

Órganos colegiados

Consejo Social, Consejo de Gobierno, Claustro y Junta Electoral
Consejo Social
Órgano de participación de la sociedad en la Universidad.
Consejo de Gobierno
Órgano de gobierno que establece las líneas estratégicas y programáticas de la Universidad.
Claustro Universitario
Máximo órgano de representación de la comunidad universitaria.
Junta Electoral Central
Órgano responsable de los procesos electorales de la UCM.
ℹ️
Conforme a la legislación sectorial que rige la actividad universitaria, no existen documentos que deban ser sometidos al trámite de información pública en la UCM, sin perjuicio de su tramitación en los órganos colegiados pertinentes.